El Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), Román Maniglia, informó este viernes 31 de julio que los funcionarios de la institución no deberán solicitar a los contribuyentes la «exhibición en un lugar visible» del Registro de Información Fiscal (RIF) físico, así como de cualquier otro documento que ya repose en la base de datos del organismo. A través de sus redes sociales, la máxima autoridad tributaria destacó que con esta instrucción se están dando los primeros pasos hacia una nueva etapa de modernización y simplificación de los procesos.

La medida quedó oficializada mediante la circular SNAT/2026/4610, con fecha del 30 de julio de 2026. El documento ordena a los servidores públicos abstenerse temporalmente de exigir o inspeccionar la muestra física en los establecimientos de la copia del comprobante del RIF y de la declaración de rentas del año inmediatamente anterior. Esta decisión se ampara en el artículo 10 de la Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos, que insta a la Administración Pública a incorporar tecnologías para eliminar la duplicidad de requisitos y simplificar cada gestión ciudadana.
En una fase posterior, el ente recaudador dará a conocer los nuevos mecanismos electrónicos y telemáticos mediante los cuales se verificará la información tributaria correspondiente. Según lo expuesto en la circular, la implementación de estos canales digitales permitirá comprobar el cumplimiento de los deberes formales de manera rápida, con el objetivo de facilitar la autogestión de los contribuyentes y asegurar un control fiscal más transparente, moderno y adaptado a las nuevas tecnologías.






