La reforma parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) quedó oficializada con su publicación en la Gaceta Oficial Extraordinaria N.° 7.074, con fecha del 15 de septiembre de 2026.
El instrumento legal, sancionado el 1 de septiembre por la Asamblea Nacional (AN) de mayoría oficialista y promulgado el 15 de septiembre, entró en vigor. Entre sus cambios figura una nueva conformación del Comité de Postulaciones Judiciales.
El artículo 65 establece que el Comité estará compuesto por 23 miembros: 11 diputados y 12 representantes postulados por distintos sectores de la sociedad. Su designación deberá contar con el respaldo de dos terceras partes de la AN.
Para incorporar a los representantes de la sociedad civil, la Asamblea Nacional designará una Comisión Preliminar integrada por los 11 parlamentarios. Esta instancia deberá convocar públicamente las postulaciones mediante la página web, redes sociales del Parlamento y en al menos tres diarios de circulación nacional.
La Comisión Preliminar será responsable de recibir, preseleccionar y presentar las candidaturas ante la plenaria mediante un procedimiento público y transparente.
La normativa establece además criterios de paridad de género y participación de grupos discriminados, marginados o vulnerables. Una vez instalado el Comité de Postulaciones Judiciales, los integrantes de la Comisión Preliminar se incorporarán al organismo, cuyo período de funciones será de dos años.
La Disposición Transitoria Única ordena a la AN nombrar el nuevo Comité de Postulaciones Judiciales después de entrar en vigor la reforma. Así comenzará el proceso para seleccionar y designar a los magistrados principales y suplentes del TSJ.





